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TABLA DE TARIFAS DE DERECHOS CONSULARES que se aplican a partir del 1 de agosto del 2007
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No. Tarifa |
Naturaleza del Acto |
Base de la Percepción |
Derecho de pago S/C. "£" |
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5 |
a) Por extender en el registro de instrumentos públicos una escritura de compra-venta de bienes muebles o inmuebles, de un buque o parte de el, de las mercaderías u objetos descritos en el inventario de la nave; de permuta; cesión de derechos o de posición contractual; donación; de constitución de renta vitalicia; usufructo o constitución de servidumbre.
b) Adicionalmente al "Derecho fijo" sobre el importe de la operación pero solamente hasta la suma de 100.000 soles consulares.
c) Por la boleta respectiva. |
Derecho fijo
Derecho Proporcional |
102.60
3%
5.70
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6 |
a) Por extender escrituras públicas de contratos de locación de servicios; de construcción de sociedad; arrendamiento; reconocimiento de deuda; mutuo; comodato; constitución de de prenda u hipoteca; de deposito.
b) Adicionalmente al "Derecho fijo", sobre el importe de la operación pero solamente hasta la suma de 100.000 soles consulares
c) Por la boleta respectiva |
Derecho fijo
Derecho proporcional
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34.20
3%
2.28
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