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Otorgamiento de Poderes
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1.- Existen varios tipos de Poderes: |
A) Por Escritura Pública: |
- Poder Amplio y General |
- Poder Especial |
B) Poder fuera de Registro |
C) Carta Poder |
2.- Es aconsejable que verifique con su abogado, qué tipo de poder y facultades desea otorgar. Se recomienda presentar la minuta firmada por un abogado, en la que se especifiquen las atribuciones conferidas. El Consulado proporciona modelos de minuta de poder amplio y general o especial. |
Procedimiento: |
| A) |
Poder por Escritura Pública |
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Es necesario presentar una minuta. La minuta debe contener los datos generales (edad, ocupación, estado civil, nacionalidad, documento de identidad y domicilio), fecha y firma del poderdante. Además debe estar acompañada de la copia del DNI del poderdante (en caso de ser extranjero de su pasaporte) y el pago de la transacción con Postal Orders a nombre de "Peruvian Consulate" (si es por correo) y si es en forma personal ante el Banco, cuyas indicaciones se las darán en el Consulado. Mucho se agradecerá, de ser posible, remitir asimismo, la minuta por e-mail a: peruconsulate-uk@btconnect.com, a fin de agilizar los trámites. |
Costos: |
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Por Registro de Poder en el Libro de Escrituras Pública: £25.65 libras esterlinas |
Por apoderado o poderdante adicional: £5.70 libras esterlinas, |
La documentación puede tramitarse por correo postal, incluyendo el postal order correspondiente a nombre de "Peruvian Consulate". |
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El Consulado se pondrá en contacto con usted a fin de señalar día y hora para que se apersone a firmar el Libro de Registro de Escrituras Públicas. En esta ocasión, debe pagar adicionalmente, una suma que varía de acuerdo a la extensión del mandato: £9.12 libras esterlinas por las primeras 25 líneas y por cada 25 líneas adicionales £4.56 libras esterlinas. Debe considerar que conforme a ley, se agrega en el Registro, la Introducción y Conclusión así como los insertos de ley (artículos 74 y 75 del CPC). |
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