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Lo que "NO PUEDE" hacer un Cónsul General
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| 1. |
No puede asumir la cuenta de connacionales (por ejemplo de hotel, bar, restaurante o de deuda). |
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No puede pagar pasajes. |
| 3. |
No puede hacer el trabajo de una agencia de viajes, aerolínea o banco. |
| 4. |
No puede hacer que le den trato especial en hospitales o en las cárceles en comparación con la dada a los nacionales del país. |
| 5. |
No puede dar consejo legal oficial, iniciar procedimientos judiciales por un nacional, o interferir formalmente en procedimientos judiciales que se desarrollan de acuerdo a las leyes del lugar de su jurisdicción. |
| 6. |
No puede ocultar un crimen. |
| 7. |
No puede ayudar a nacionales de doble nacionalidad en el país de su segunda nacionalidad. |
| 8. |
No puede conseguirle trabajo o permiso de trabajo. |
| 9. |
No puede interferir con las decisiones de las autoridades de inmigración locales en el caso que le sea denegado el ingreso al país, ni solicitar prórrogas para permanecer en el país. |
| 10. |
No puede hacer excepciones en los requisitos solicitados para hacer trámites en el consulado, debiendo observar en todo momento lo dispuesto tanto por las leyes peruanas como las del país en que se encuentra. |
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